A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Luis Domingo Gomez Maldonado·Respondent Minambiente
Topics and subtopics of the ruling
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Con el presente auto se decretan una serie de pruebas al igual que la suspensión de los términos judiciales por el lapso de un mes, contado a partir del momento en que se reciban los elementos probatorios solicitados.
Lo anterior, dada la relevancia del asunto como la necesidad de contar con el material probatorio para emitir una decisión de fondo.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (14 points)
- Primero. SOLICITARLE al ICA, al Instituto Nacional de Salud y a la ANLA que, dentro de los tres días siguientes a la notificación de esta providencia, le informen a la Corte el trámite administrativo que se debe cumplir para obtener el permiso para el uso del plaguicida clorpirifós. Dentro del mismo plazo, las autoridades mencionadas deben informarle a este tribunal si, en la actualidad, se encuentra en proceso la aprobación de permisos para el uso de la molécula clorpirifós.
- Segundo. SOLICITARLE al ICA, a la Universidad Nacional, a la Universidad de Antioquia, a la Universidad de Caldas, a la Andi, a la Asociación de Bananeros de Colombia, a la Asociación Hortifrutícola de Colombia, a la Confedereación Colombiana de Consumidores, a la Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria, a la Federación Nacional de Ganaderos, a la Federación Nacional de Cacaoteros, a la Sociedad de Agricultores de Colombia y a la Corporación Red Papaz que, dentro de los de diez días siguientes a la notificación de esta providencia, le informen a la Corte sobre los efectos y consecuencias que tendría el no uso de los pesticidas hechos con la molécula clorpirifós en los cultivos y en el levante y engorde de animales.
- Tercero. SOLICITARLE a las partes, las entidades, instituciones académicas y asociaciones gremiales que las respuestas que atiendan los anteriores requerimientos se remitan con destino al expediente T-8.522.455 o a los correos electrónicos secretaria2@corteconstitucional.gov.co y despacho05@corteconstitucional.gov.co
- Cuarto. SOLICITARLE a la Secretaria General de la Corte Constitucional que, vencido el término para allegar las pruebas requeridas en el presente auto, las ponga a disposición de las partes o terceros con interés por un término no mayor a tres días para que se pronuncien sobre las mismas. En igual sentido, se dispondrá el traslado de los documentos que se recibieron por fuera del término concedido en el Auto del 28 de febrero de 2022.
- Quinto. DECRETAR la suspensión de términos por el lapso de un mes, contado a partir del momento en que se reciban las pruebas, con fundamento en lo normado en el artículo 64 del Acuerdo 02 de 2015.
- Sexto. SOLICITARLE a la Secretaría General de esta Corporación que proceda a librar las comunicaciones correspondientes.
- Comuníquese y cúmplase.
- JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MENDEZ
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.